• Català
  • Español
Gestoria Puig Assessors
  • Sobre Puig Assessors
  • Qué ofrecemos
  • Publicaciones
  • Contacto
  • Buscar
  • Menú

Algunas acciones que puede realizar para rebajar su liquidación del IRPF

20/12/2016/en Economía /por puigassessors

Ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal de 2016 nos permitimos recordarles algunas de las acciones que puede realizar para rebajar su liquidación del IRPF:

  • Las aportaciones a los planes de pensiones, a los planes de previsión social empresarial, a los planes de previsión asegurados, a las mutualidades de previsión social y, a las primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia reducen directamente la base imponible, con el límite máximo conjunto deducible de la menor de las siguientes cantidades: 8.000 € anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio, independientemente de la edad.
  • Las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social del cónyuge, cuando dicho cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, reducen la base imponible con el límite máximo de 2.500 euros anuales.
  • La amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual también es deducible con limitaciones si se tiene derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.  

 

  • Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles), siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, con el límite de 240.000 €.
  • Si es propietario y tiene previsto alquilar un piso, recuerde que si se utiliza como vivienda, y no como oficina, tendrá derecho a una reducción del rendimiento neto obtenido del 60%.
  • La ley también prevé deducciones por donativos y otras aportaciones a las entidades sin fines lucrativos, como ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilizada pública.
  • A partir de 1/01/2017 el importe obtenido por  la transmisión de los derechos de suscripción  procedentes de valores cotizados se califica como ganancia patrimonial en el período impositivo en que se produzca la transmisión y sometida a retención, en lugar de la regla de minoración del coste aplicable hasta 31/12/2016.

 

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.

Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en Twitter
  • Compartir en Google+
  • Compartir en Pinterest
  • Compartir en Linkedin
  • Compartir en Tumblr
  • Compartir en Vk
  • Compartir en Reddit
  • Compartir por correo

Categorías

  • Economía (62)
  • Fiscal-Contable (86)
  • Laboral (88)
  • Mercantil (14)
  • Sin categoría (31)

Nuestros Clientes

Colegiados

Agencia exclusiva

"Partner" Sage

© Puig Assessors
Av. Doctor Francesc Massana 15 baixos, Martorell, Barcelona 93 773 67 00
Delegación: Avinguda Montserrat, 20 local 1 - Sant Esteve de Sesrovires
Política de cookies | Condiciones de uso | Política de privacidad | Clausulas legales

Disseny Web i Màrketing Digital per aTotArreu.com
© Copyright - Gestoria Puig Assessors - Enfold WordPress Theme by Kriesi
LIMITACIONES A LOS APLAZAMIENTOS INTRODUCIDOS POR EL REAL DECRETO LEI 3/201... SUMINISTRO DE INFORMACIÓN INMEDIATA (SII)
Desplazarse hacia arriba
Gestionar el consentimiento de las cookies
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento a estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico sea estrictamente necesario con el fin legítimo de posibilitar la utilización de un determinado servicio expresamente solicitado por el abonado o usuario, o con la única finalidad de efectuar la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Ver preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario con la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el suscriptor o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que se utilice exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utilice exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una citación, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet o registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada solo con este propósito generalmente no se puede usar para identificarlo.
Marqueting
El almacenamiento técnico o el acceso son necesarios para crear perfiles de usuario para enviar publicidad o rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}