Consideraciones ante la próxima reforma fiscal.
Ante la inminente reforma fiscal que promueve el gobierno del Estado, tenga en cuenta lo siguiente:
Si cobra dividendos por su condición de socio, tiene una bonificación de los primeros 1.500 euros. No obstante, esta bonificación desaparece en 2015.
Piense, por tanto, en la posibilidad de percibir dividendos antes del próximo 31 de diciembre.
Si piensa en alquilar una vivienda, hágalo antes del 31 de diciembre, pues a partir del día 1 de Enero, ya no será posible la deducción de cuota en la Declaración de la Renta.
Consúltenos las condiciones que deben darse para disfrutar deducción por alquiler en su Declaración de Renta.
Es posible que tenga la oportunidad de vender activos comprados antes de 1994, y que han acumulado beneficios importantes. Puede tratarse de inmuebles, locales o viviendas, o de su cartera de inversión, por ejemplo acciones de entidades bancarias.
Piense que si vende antes del día 31 de Diciembre, podrá beneficiarse de coeficientes de reducción del beneficio que pueden llegar a ser muy importantes.
Con la reforma fiscal del gobierno, a partir del 1 de Enero de 2015 desaparecen estos coeficientes reductores y tendrá que pagar por el beneficio real que haya tenido.
En caso de duda, envíe su consulta a o llame al 93 773 67 00.