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Las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social deben subir lo mismo que lo que aumente cada año el salario mínimo interprofesional (SMI).

18/10/2018/en Laboral /por puigassessors

Las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social deben subir lo mismo que lo que aumente cada año el salario mínimo interprofesional (SMI)
Si salen adelante los Presupuestos Generales del Estado diseñados por el Gobierno socialista y Podemos, las bases mínimas de cotización de todos los grupos se elevarán el próximo año un 22,3%, lo mismo que subirá el salario mínimo que pasará de 735,9 a 900 euros al mes en 14 pagas, o lo que es lo mismo 12.600 euros anuales o 1.050 euros en 12 pagas.
Las bases mínimas de cotización son aquellas cuantías (similares al salario bruto del trabajador) sobre las que se aplican un porcentaje denominado tipos de cotización. La cantidad que resulta de aplicar este porcentaje a la base de cotización determina la cuantía de las aportaciones que hacen mensualmente los empresarios y los trabajadores a la caja de la Seguridad Social para pagar las pensiones.
Así, cuanto más amplia sea esa base de cotización, –la mínima en este caso– mayor será la aportación que tendrán que hacer los empresarios por sus empleados y, en menor medida, los trabajadores. Esto es así porque el tipo que pagan los empresarios por un trabajador a tiempo completo es del 23,60% de la base de cotización en la que esté encuadrado el empleado en función de su sueldo y su titulación, mientras que el trabajador aporta un 4,70% de su base. En total, el tipo de cotización por contingencias comunes es ahora del 28,30% de la base del trabajador.
Las bases mínimas y máximas están divididas en varios grupos de cotización que van del 1 al 11. Si bien la mayoría de los asalariados del Régimen General se concentran entre los grupos del 1 al 7. En 2018, la base mínima de cotización de los grupos 4 (ayudantes no titulados), 5 (oficiales administrativos); 6 (subalternos) y 7 (auxiliares administrativos) es de 858,60 euros al mes. Con la subida del 22,3% para 2019, esta base mínima de los citados grupos de cotización será de a 1.050 euros. De esta forma, los empresarios (sumando su cotización y la del trabajador) pasarán de pagar a la Seguridad Social 243 euros a 297 euros al mes.
En el caso del grupo 3 (jefes administrativos y de taller), la base mínima pasará de 864,90 a 1.057,7 euros al mes; el grupo 2 (técnicos peritos y ayudantes titulados) de una cotización mínima de 994,20 a 1.215,9 euros al mes; y el grupo 1 (ingenieros, licenciados y alta dirección) cotizarán por un mínimo de 1.466,5 euros frente a los 1.199,10 actuales. En este último caso, el empresario pagará 415 euros al mes por cada trabajador encuadrado en la base mínima del grupo 1, casi 76 euros mensuales más por empleado (912 euros más al año).
Según fuentes de la Administración este incremento de bases mínimas afectará a alrededor de 1,5 millones de asalariados (al 9% de los trabajadores del Régimen General). A este colectivo hay que sumar el incremento de la base mínima de 2,6 millones de trabajadores autónomos que cotizan por lo mínimo posible. Su base mínima pasará de 932,70 euros a 1.050, un 12,5% más. Así, la cuota mensual que pagan a la Seguridad Social se elevará de 277,9 a 312,9 euros (420 euros más al año).
Como consecuencia de todas estas subidas, la Seguridad Social recaudará unos 2.200 millones más al año, según estas mismas fuentes que coinciden con el cálculo de Hacienda. De esta cantidad, unos 1.040 millones los costearán los autónomos.
(Cinco Días, 16-10-2018)

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