Una sentencia del TJUE flexibiliza la tributación en estructuras societarias mixtas.
Una sentencia del TJUE flexibiliza la tributación en estructuras societarias mixtas. El TJUE emitió una sentencia que podría tener relevancia en la tributación de las distribuciones de dividendos por parte de entidades españolas a entidades residentes en la UE que, a su vez, estén participadas, directa o indirectamente, por otras entidades residentes en terceros Estados no miembros de la Unión. La sentencia, del pasado 7 de septiembre, en el asunto C-6/16 (Eqiom y Enka) flexibiliza las condiciones para que las distribuciones de dividendos en el caso de estas estructuras societarias mixtas con entidades residentes en la Unión Europea y en terceros Estados queden exentas de tributación en el Estado de distribución del dividendo. Si bien es cierto que esta sentencia analiza normativa francesa y no española, las similitudes entre ambas llevan a pensar que las conclusiones del Tribunal sobre la legislación francesa podrían proyectarse también sobre la española. S/D.